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Una de las obligaciones Patronales ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) consiste en la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo; para dar cumplimiento a esta obligación El IMSS.

Con fines orientativos, pone a nuestra disposición una nueva herramienta con la cual podremos consultar la relación de los riesgos de trabajo terminados que hayan sufrido nuestros trabajadores, con el fin de facilitarte el control de la documentación y registro de tu siniestralidad en términos del Artículo 34 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).

Esta herramienta está disponible en la página del IDSE donde se habilito una pestaña que dice “Riesgos de Trabajo Terminado” en donde podrás descargar en formato Excel o PDF los casos de riesgos de trabajo terminados.

Nuestra recomendación es que si tienes casos de riesgo de trabajo inconclusos solicites la información a la Clínica del IMSS donde tu empleado acudió a solicitar la atención médica.

Esto lo debes de realizar a la brevedad para que en el momento que tengas que realizar el cálculo de la Prima del seguro de Trabajo tengas la información completa y no tengas diferencia con el IMSS ya que te podrás hacer acreedor de alguna multa o sanción por determinar de manera incorrecta la Prima de Riesgos de Trabajo.

Te compartimos la fórmula para la determinación de la Prima del seguro:

Para calcularla debes tener a la mano los siguientes datos:

1. Los días de incapacidad por riesgo de trabajo de todos tus empleados.

2. Los días que trabajaron todos tus empleados en el año.

3. Las faltas que sumó tu equipo de trabajo durante el año.

4. En caso de que se hayan presentado incapacidades permanentes, todos los porcentajes de indemnización.

5. Las defunciones que sufrieron tus trabajadores durante el desempeño de su labor.

6. La Prima de Riesgo de Trabajo anterior.

Una vez que tengas estos datos, es posible que calcular tu próxima prima, pero antes lo más importante.

El artículo 72 de la Ley del Seguro Social establece esta fórmula para calcular la Prima del seguro de Trabajo:

Prima= [fusion_builder_container hundred_percent=”yes” overflow=”visible”][fusion_builder_row][fusion_builder_column type=”1_1″ background_position=”left top” background_color=”” border_size=”” border_color=”” border_style=”solid” spacing=”yes” background_image=”” background_repeat=”no-repeat” padding=”” margin_top=”0px” margin_bottom=”0px” class=”” id=”” animation_type=”” animation_speed=”0.3″ animation_direction=”left” hide_on_mobile=”no” center_content=”no” min_height=”none”][(S/365)+V*(I+D)]*(F/N)+M

S = Son los días que tus trabajadores tuvieron una incapacidad por accidentes de trabajo o enfermedad profesional. No se toman en cuenta los accidentes de trayecto, es decir, los percances que sufrieron tus empleados al ir de su casa al trabajo y viceversa.

V = 28 años. Según las estadísticas del IMSS, es la duración promedio de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de incapacidad permanente total.

I = Es la suma de todos los porcentajes de indemnización, que recibieron tus trabajadores en caso de incapacidades permanentes.

D = Es el número de defunciones de tus empleados a causa de su trabajo.

N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo de trabajo. Esta variable se obtiene sumando el total de días que todos tus empleados trabajaron, durante el año a excepción de los días que no estuvieron expuestos al riesgo de trabajo como incapacidades por enfermedad general, maternidad y ausentismo.

Esta cifra se divide entre los 365 días del año para obtener el promedio por día de trabajadores expuestos al Riesgo de Trabajo.

F = 2.3, que es el factor de prima promedio. Este factor de prima es una constante que no está definida por la ley, sin embargo se puede decir que es “una prima promedio para poder cubrir los subsidios y pensiones por riesgos de trabajo de todas las empresas del país”*.

En caso de que tu empresa esté acreditada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el factor de prima disminuirá a 2.2.

M = Equivale a 0.005, que es la prima mínima de riesgo establecida en el Artículo 72 de la Ley del Seguro Social.

Lic. Martha G. Martinez Vera

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