Staffing personal

En continuación con el tema de nómina es interesante comentar que cuando abordamos este tema y de las obligaciones que derivan de la gestión de la misma, surge el concepto del salario que, si nos remitimos a la Ley Federal del Trabajo, nos define éste como “la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo” sin embargo, para el cálculo de la nómina nos vemos obligados a profundizar y encontrarnos con que este Salario debe ser integrado por otros conceptos como lo son:

A la suma de estás percepciones le conoceremos con el Salario Diario Integrado, que la misma Ley Federal del Trabajo nos determina que conceptos que serán considerados para el cálculo de las indemnizaciones a las que puede o estará obligado el patrón como las que derivan de la rescisión de la relación de trabajo y por riesgo de trabajo.

Por otra parte sin embargo, cuando hablamos de Seguridad Social y nos remitimos a la Ley del IMSS que la regula ahí es donde nos encontramos el uso del Salario Base de Cotización; que si ponemos atención menciona los mismos conceptos que se enuncian en la Ley Federal del Trabajo, sin embargo, este es el salario que el Patrón debe reportar al Instituto Mexicano del Seguro Social ya que como su nombre lo indica es el que se usará como base para el cálculo de la cuotas Obrero-Patronales que se le enterarán.

Abordado estos dos conceptos, podría surgir la idea de que se trata del mismo salario, sin embargo la diferencia radica en que para el Salario Base de Cotización la Ley del IMSS limita o excluye algunos conceptos para su integración y la razón pudiera resultar lógica pues de otra forma la determinación de las cuotas a cargo del patrón resultarían incosteables.

Como puedes observar, la nómina requiere de un estudio profundo y especializado para su correcta gestión y así evitar problemas para el patrón no sólo con su personal, sino también para estar en cumplimiento al contribuir con las autoridades competentes que se han mencionado en el artículo publicado con anterioridad. Te invitamos a que no te pierdas las futuras publicaciones y que te acerques a los especialistas.

C.P.Fany Resendiz Alvarado

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