El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir facturas electrónicas (CFDI).
Al contrario, condicionar la emisión de una factura a la entrega de la CSF constituye una infracción, de acuerdo con el artículo 83, fracción IX del Código Fiscal de la Federación y la multa aplicable va desde los $21,420 hasta los $122,440 pesos.
¿Qué datos sí se necesitan para facturar?
Para emitir un CFDI correctamente, el emisor solo requiere:
- RFC
- Nombre o razón social
- Código postal del domicilio fiscal
- Régimen fiscal
Estos datos pueden ser proporcionados directamente por el contribuyente o consultados en la Cédula Fiscal del SAT.
- Atención empleadores
El SAT también aclaró que no debe solicitarse la CSF a los trabajadores para el timbrado de nómina. Si se requiere validar información, puede hacerse mediante un caso de aclaración conforme a la ficha 44/CFF de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Conclusión sobre la CSF
- Contiene datos informativos del contribuyente.
- No es requisito para emitir CFDI.
- No tiene vigencia.
- Solo se actualiza cuando el contribuyente modifica datos en el RFC.
Recomendación empresarial
✔ Solicitar únicamente los datos fiscales indispensables.
✔ Evitar prácticas que puedan generar sanciones.
✔ Capacitar al personal administrativo y de facturación.
Cumplir correctamente implica pedir los datos necesarios, no documentos adicionales.
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