Staffing personal

La prima de riesgo de trabajo, es una obligación que cada año deben de presentar las empresas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como consecuencia de los accidentes o enfermedades ocurridos a sus trabajadores por la actividad que desarrollan.

Como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es responsabilidad del patrón asumir las consecuencias de los riesgos de trabajo. Y establecer medidas preventivas para la seguridad en el centro de trabajo.
La prima de riesgo de trabajo, le puede servir como una herramienta para detectar las áreas que le están representando un mayor riesgo para su empresa, y requieren de mayores acciones preventivas. Cada empresa, podrá revisar el catalogó de actividades establecido en el artículo 196 del Reglamento del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas.
La rama de prima de riesgos de trabajo, será cubierta por las cuotas que deberá pagar el patrón los establecida en la Ley del Seguro Social, su monto dependerá del salario base de cotización. Mientras más riesgo represente la actividad, mayor será el monto que se deberá calcular para la prima de riesgos de trabajo.
Tiene un año de vigencia. Empieza el primero de marzo del año en que se presenta la declaración de prima de riesgo de trabajo,  y finaliza el último día de febrero del año subsecuente.

Para mayor información verifica la siguiente página:
www.imss.gob.mx