Staffing personal

Como Persona Física debes saber que aunque las deducciones personales sí tendrán efecto en la declaración del impuesto sobre la renta, no sucede así tratándose del impuesto sobre el valor agregado en cuanto al tema de acreditamiento, es decir, debemos recordar que ese tipo de desembolsos no se consideran gastos estrictamente indispensables para los ingresos del contribuyente dependiendo de su actividad o  mejor dicho de su régimen fiscal, pues al no ser indispensables este tipo de gastos para la generación de ingresos no incide en tener efecto el IVA que se hubiera trasladado en los comprobantes que amparan dichas deducciones, lo que hace que no sea acreditable dicho IVA contra el IVA trasladado en los CFDI de bienes o servicios que genera la persona al realizar su actividad, por lo que  tales gastos sólo tienen la virtud de sumarse a la deducción anual obteniendo ese beneficio fiscal en lo concerniente de la Ley del ISR.

Por lo anterior como contribuyente tienes derecho a disminuir dichas deducciones, incluyendo el IVA si es que lo integra, del ingreso acumulable que se determine al momento de hacer tu Declaración Anual del ejercicio.

En el Art. 151 de la Ley del ISR nos indica lo que se considerará como deducciones personales, siendo las siguientes:

  • Gastos y primas por seguros médicos, dentales y anteojos
  • Transporte escolar
  • Donativos a instituciones autorizadas
  • Impuestos locales por salarios
  • Gastos funerarios
  • Intereses por créditos hipotecarios
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro
  • Colegiaturas

Es importante considerar de acuerdo a la Ley del ISR que todo gasto realizado que tenga característica de “Deducción Personal” se haya pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios a nombre del contribuyente ya que si no se hace así la deducción no tendrá efectos fiscales, además es muy importante señalar en el mismo el uso adecuado conforme al catálogo de CFDI publicado en la guía del Anexo 20:

Recuerda que si realizaste como contribuyente este tipo de gastos por deducciones personales tal como indica la ley puedes llegar a obtener un saldo a favor.

Ahora también debes de saber que este 2022, hubo algunos cambios en la reforma fiscal y uno de ellos es que ahora el límite de las deducciones personales, pero este tema será parte de otra entrega, sigue nuestras publicaciones y acércate a Staffing Personal, nosotros podremos asesorarte con esto y mucho más, Porque lo nuestro es PERSONAL….

Vanessa Cornelio Mazariegos

Estudiante de Contaduría Pública e integrante de ER y Asociados SC

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