Staffing personal

A partir del 1ro de julio del 2016, todas las trabajadoras derecho-habitantes del IMSS, podrán solicitar la expedición de una única incapacidad por embarazo de hasta 84 días consecutivos.

La incapacidad por embarazo, sustituye a la incapacidad PRE-NATAL de 42 días y la POST-NATAL de 42 días.

La intención del cambio, es para que tengan la posibilidad de transferir de 1 a 4 semanas del período previo al parto, al período posterior al parto.

Muchas de las clínicas no están familiarizadas con el procedimiento para expedir la incapacidad por embarazo. Pero es tu derecho como trabajadora solicitarla. Así podrás estar más tiempo con tu recién nacido.

En la parte administrativa, aún no se hace la modificación en el Sistema Único de Autodeterminación de Cuotas Obrero Patronales. Por lo que se deberá capturar, la incapacidad por embarazo, en dos partes:

  • La primera como incapacidad pre-natal
  • La segunda como incapacidad post-natal

Se seguirá usando esta captura, hasta que el IMSS no realice el cambio en el sistema, y por ende no saque una nueva versión considerando esta variación en las incapacidades por embarazo.

Se aplica igual en los diferentes sistemas de nómina, para que nos permitan capturar la incapacidad por embarazo de hasta 84 días.

Somos una empresa especializada en el manejo de la nómina. No dudes en consultarnos, para cualquier duda referente a las incapacidades por embarazo o cualquier otro aspecto relacionado con el correcto y oportuno cálculo de tu nómina.

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